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Feriados 2023: ¿Cuándo es Semana Santa y quiénes descansan?

¿Qué fecha será semana santa?

Las vacaciones de Semana Santa se acercan cada vez más, pero desgraciadamente no todas las personas podrán disfrutar de ellas, ya que dependiendo del lugar donde labores podrás tener un receso amplio, o bien solamente unos cuantos días. Si deseas conocer cuándo son las fechas oficiales de las vacaciones, a continuación, te lo digo.

¿Quiénes tendrán vacaciones?

Ya que el periodo de Semana Santa es de índole religiosa, las instituciones y empresas no están obligadas a dar un periodo de descanso obligatorio. Sin embargo, la mayoría de las empresas sí suelen dar unos días de vacaciones, las cuáles van desde el 6 al 9 de abril. Te recomendamos consultarlo para que sepas si en realidad tu trabajo sí aplicará estos días. Si no tendrás vacaciones largas en dicho periodo no tendrás que preocuparte, ya que el 1 mayo tendrás un descanso obligatorio por motivo del día del trabajo.  A continuación, los días oficiales de Semana Santa:

  • Domingo de Ramos:  2 de abril
  • Lunes de la Semana Santa: 3 de abril
  • Martes de la Semana Santa: 4 de abril
  • Miércoles de la Semana Santa: 5 de abril
  • Jueves Santo Lavatorio de Pies y Última Cena: 6 de abril
  • Viernes Santo: 7 de abril
  • Sábado de Gloria: 8 de abril
  • Domingo de Resurrección: 9 de abril
¿Cuándo será el receso escolar de la SEP?

Si eres trabajador o estudiante de la Secretaría de Educación Pública, entonces sí tendrás periodo de receso escolar. Según indica el calendario escolar oficial de la SEP, los días de descanso por motivo de la Semana Santa serán desde el lunes 3 de abril hasta el viernes 14 del mismo mes.

El pasado lunes 5 de febrero se llevó a cabo un puente vacacional para conmemorar la promulgación de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, fecha feriada para los alumnos y trabajadores mexicanos, específicamente para los alumnos incorporados a la Secretaría de Educación Pública y según las estipulaciones del artículo 74 de la Ley Federal de los trabajadores. Se puede definir como día feriado o bien, puente laboral aquel día que no es laborable y se considera como descanso obligatorio de manera general.

En dichos días feriados los trabajadores y los patrones deberán determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios, pero tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.

Días de descanso obligatorio en lo que resta del año:

Además de lo dicho anteriormente, es importante tomar en cuenta que existen días de descanso obligatorios que son dictados por la Ley Federal del Trabajo, los cuáles son los siguientes:

  • El 1 de enero
  • Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
  • Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
  • El 1 de mayo.
  • El 16 de septiembre.
  • Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
  • El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • El 25 de diciembre.
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Alan Steve Nájera Cortés

Alan Steve tiene una licenciatura en Bioquímica Clínica por la Universidad Nacional Autónoma de México y hace trabajo de investigación en la Unidad de Genética y Diagnóstico Molecular del Hospital Juárez de México. En internet, Alan es fundador de la comunidad Enséñame de Ciencia.

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